- Se espera que los niveles estatales y áreas locales utilicen al máximo los fondos adicionales, para aumentar sustancialmente el número de clientes que son servidos e incrementar la proporción de participantes que reciben servicios de adiestramiento.
- Aplican las mismas disposiciones que existen para WIA y Wagner-Peyser, excepto las excepciones especificadas por ARRA.
- La contabilidad se llevará separada de los fondos regulares de WIA, permitiendo el rastreo de los fondos ARRA.
- Los fondos de ARRA se invertirán concurrentemente con los fondos regulares de WIA. Esta directriz tiene varias implicaciones que deben ser consideradas por las Áreas Locales :
- Se espera que no se congele o detenga la prestación de servicios con fondos regulares, para atender los participantes de ARRA.
- El CDORH prestará atención a que la inversión de los fondos regulares se mantenga de acuerdo a lo establecido en la reglamentación correspondiente.
- La transferencia de fondos entre los Programas de Adultos y Trabajadores Desplazados de los fondos regulares, deberán ser prudentes y presentar una justificación razonable para las transferencias. El CODRH evaluará cada transferencia en forma individual, considerando la política pública del Gobernador para la recuperación económica del país y la reintegración de trabajadores desplazados a la fuerza trabajadora.
Contratación de Personal por el Área Local
La asignación de ARRA permite a las Áreas Locales la contratación de personal para colaborar en la prestación de servicios. La Ley establece que estas contrataciones deben ser de carácter temporal, mientras duren los proyectos de recuperación. La contratación de personal deberá realizarse mediante la contratación por un periodo de tiempo fijo. No se permitirá la contratación de empleados regulares en las Áreas Locales.
Limitación de Gastos de Administración y Operacionales
El propósito de los fondos es la inversión en la economía y revertir la recesión económica que enfrenta la Isla. El CDORH ha establecido como política pública, que la mayoría de los fondos se utilice para la prestación de servicios a los participantes. Se ha establecido que el 75% de los fondos asignados deberán ser dirigidos a la prestación de servicios. Los costos de administración serán permitidos hasta un 10% de la asignación, mientras que para cubrir costos operacionales se permitirá hasta un máximo de un 15% de los fondos.
El propósito de ARRA es revitalizar la economía y crear miles de empleos en la empresa privada, para ubicar aquellos trabajadores que han perdido sus empleos. Por esta razón, es la visión del Gobernador que estos fondos sean invertidos en el sector privado. Como política pública el Secretario del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos de Puerto Rico, ha establecido que los fondos de ARRA, serán utilizados para promover el empleo en el sector privado y estimular el desarrollo empresarial.
Coordinación con las Organizaciones de Base Comunitaria y de Fe para la prestación de servicios
La visión de ARRA, compartida por el Gobernador de Puerto Rico, es utilizar al máximo la experiencia y el éxito de las organizaciones de base comunitaria y de fe, en la prestación de servicios. Exhortamos a las Áreas Locales a utilizar los recursos de estas instituciones en la prestación de servicios de adiestramiento, seminarios, servicios intensivos, colocación en el empleo, entre otros ejemplos, para adelantar el propósito de la Ley de integrar de forma expedita los trabajadores en la fuerza trabajadora. No obstante, le exhortamos a evaluar cuidadosamente los servicios prestados por estas instituciones, para que se desarrollen aquellos que sean permitidos en la Reglamentación de WIA y ARRA. De ser necesario, estas instituciones pueden ser referidas a los socios del CGU, para la presentación de servicios que puedan ser subvencionados con otros fondos de ARRA.
Contratación directa con Instituciones de Educación Superior y Otros Proveedores de Servicios
- ARRA permite a las Juntas Locales otorgar contratos a instituciones de educación superior, tales como “community colleges” y otros proveedores de adiestramiento, si la Junta Local entiende que facilitaría el adiestramiento de individuos en ocupaciones que tienen gran demanda y que estos contratos, no limitan el concepto de “customer choice”.
- Se permite que se pague el costo total de adiestramiento al comienzo del curso, a los efectos de colaborar con el aumento de estudiantes que se matriculan, en una época en la cual muchos estados e instituciones educativas enfrentan problemas de disponibilidad de presupuesto. Se exhorta a las Áreas Locales a velar porque los participantes se matriculen en instituciones que no tengan dificultad para completar los ofrecimientos académicos. Deberán adoptar cláusulas de no cumplimiento en los contratos con dichas instituciones.
- Se espera que las Juntas Locales, antes de contratar, verifiquen que los contratos no dupliquen otros currículos de adiestramiento que ya existan en el ámbito local.
- Como parte de la contratación, las instituciones educativas pueden desarrollar currículos cortos para atender una necesidad emergente de adiestramiento. El énfasis debe ser en adaptar currículos existentes o crear currículos dirigidos a aumentar la capacidad de adiestramiento a corto plazo. No se recomienda el desarrollo de currículos para actividades de larga duración, ni currículos dirigidos a establecer programas conducentes a Grado Asociado, Bachilleratos u otros programas de las instituciones.
- Las instituciones de educación superior y las post secuendarias no universitarias licenciadas no están obligadas a estar en el Registro Estatal de Proveedores Elegibles para que tengan derecho a participar de los fondos ARRA. Otros proveedores de servicios que no son instituciones de educación superior si están obligados a pertenecer al Registro Estatal de Proveedores de Servicios. Las instituciones de educación superior son aquellas que están licenciadas por el Consejo de Educación Superior (CES), (www.gobierno.pr/cespr) mientras que las instituciones post secundarias no universitarias están licenciadas por el Consejo General de Educación (CGE) (www.cge.gobierno.pr).
Énfasis en la prestación de servicios
Se servirán con prioridad a los individuos de bajos ingresos, adultos y trabajadores desplazados con pocas destrezas y jóvenes que están desligados de la fuerza laboral o de la escuela.
Prioridad de Servicios para Veteranos y Cónyuges Elegibles
ARRA requiere que el nivel estatal y las Áreas Locales brinden prioridad de servicios a los veteranos y sus cónyuges que sean elegibles, para que se cumpla con los requisitos del Federal Register 20 CFR part 1010, publicado en el Federal Register 78132, del 19 de diciembre de 2008. Los veteranos deben recibir la máxima prioridad entre las personas identificadas por ARRA, para ofrecer servicios. En el caso del Programa de Jóvenes, las Áreas Locales deberán también ofrecer la mayor prioridad a jóvenes veteranos y sus cónyuges, que estén entre las edades de 18 hasta 24 años.
Prioridad de Servicios para Personas con Impedimentos
Entre los grupos de prioridad para la prestación de servicios con fondos de ARRA, el Sistema de la Fuerza Trabajadora, incluyendo Wagner Peyser y WIA, debe proveer servicios especializados a grupos con necesidades especiales, incluyendo individuos con impedimentos. Los niveles estatales tienen la flexibilidad para apoyar (support) servicios especializados para esta población, como el Proyecto de Navegadores para Personas con Impedimentos que opera en los Centros de Gestión Única de Puerto Rico, con fondos especiales de ETA.
Los Centros de Gestión Única deben tener disponibles la variedad de adiestramientos, oportunidades de empleo y prestación de servicios de forma accesibles y que cubran las necesidades de las personas con impedimentos.
Prioridad a los Jóvenes con más necesidades
ETA requiere que tanto el nivel estatal, como las Áreas Locales brinden prioridad de servicios a los jóvenes con más necesidades, incluyendo: desertores escolares y aquellos con alto riesgo de abandonar la escuela; jóvenes en hogares sustitutos, jóvenes ofensores de la ley y en riesgo de tener casos en Tribunales, jóvenes deambulantes y que abandonan el hogar, hijos de padres encarcelados, jóvenes migrantes y jóvenes con impedimentos.
Lista de empleos generados por ARRA y Banco de Empleos Estatal
- ETA fomenta que los administradores estatales de los fondos trabajen en conjunto con los gobernadores y juntas estatales para facilitar el desarrollo de una lista de trabajos generados con los fondos ARRA. Esto ayudará que las personas que buscan empleo conozcan las oportunidades disponibles.
- Para fomentar la contabilidad y la transparencia en el uso de los fondos ARRA, la Ley requiere al gobierno federal el incluir en la página electrónica www.Recovery.gov, enlace e información de cómo acceder a los empleos, a las oportunidades de aprendizaje, agencias de empleos locales y al Banco de Empleos Estatal.
- Hay que generar la lista de empleos creados por los fondos ARRA:
- Con su código O*Net
- Tipo de Industria donde se creo el empleo con su código NAICS
- Información de salarios devengados
Trabajos “Verdes”
- Hay un reclamo a que se invierta en la creación de miles de empleos verdes. Se puede invertir y reinventar nuevas soluciones, crear nuevas formas de salir de la pobreza y limitar a la vez el calentamiento global.
- Esto se hace modernizando los centros de trabajo, reconstruyendo las comunidades y crear energía 100% no contaminante y renovable. Se debe crear una economía ecológica global que sea lo suficientemente fuerte como para sacar a la gente de la pobreza.
- “Trabajos verdes” son aquellos que contribuyen a construir o producir mercancías, para alcanzar un mercado “verde”. Se debe consideran que estos trabajos:
- Sean oportunidades de empleo sostenibles,
- Tengan un salario mínimo,
- Ofrezcan capacitación, oportunidades para ascender y una cierta seguridad laboral.
- Se propone la modernización de edificios, el control de circulación de vehículos, el desarrollo de combustibles eficientes, energía eólica, energía solar y combustibles de celulosa de biomasa, como alternativas en esta nueva economía.
Enlace con programas de otras agencias gubernamentales beneficiados por la Ley de Recuperación
- Mediante ARRA, serán invertidos billones de dólares en proyectos de desarrollo y mejoramiento de infraestructura, cuidado de salud, educación, entre otras áreas, que crearan miles de empleos y oportunidades para trabajadores desempleados que buscan reintegrarse a la fuerza trabajadora. El Sistema de Inversión en la Fuerza Trabajadora debe integrarse con todos estos proyectos, proveyendo a los trabajadores, el manejo de casos y todos los servicios del Centro de Gestión Única para que haya un banco de talento para desarrollar estos proyectos. Además, en aquellos casos en que sea necesario el mejorar las destrezas de los participantes, se ofrecerán los adiestramientos para facilitar la obtención de un empleo.
- Las Áreas Locales deben estar al tanto y relacionarse con los diferentes proyectos que se ejecutarán alrededor de toda la Isla, para colaborar directamente con los mismos. Entre las áreas que recibirán fondos de ARRA se encuentran las siguientes:
- Desarrollo y mejoramiento de Infraestructura
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- Crédito Contributivo del Programa “American Opportunity Tax Credit”
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- Vivienda y Desarrollo Urbano
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- Ayuda Temporera para Familias Necesitadas (TANF, por sus siglas en inglés)
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ASPECTOS PROGRAMÁTICOS
Programa de Jóvenes
- La Ley permite el desarrollo de cualquier actividad bajo el Programa de Jóvenes, del Título I de WIA. Sin embargo, el interés principal es que los fondos sean utilizados para la creación de empleos de verano.
- Las Áreas Locales deberán asegurarse que estas experiencias estén altamente cualificadas. Además, se fomenta el desarrollo de experiencias de trabajo y otras actividades que expongan a los jóvenes a oportunidades educativas y ocupacionales relacionadas con la conservación del ambiente (green jobs).
- Se aumenta el requisito máximo de edad de 21 a 24 años (14 a 24 años).
- El único Indicador de Ejecución que se utilizará para evaluar la efectividad de los empleos de verano será sobre lo relacionado a la Preparación para el Empleo. Esto incluye: información sobre el mundo del trabajo, conocimiento del mercado de empleo, información ocupacional, planificación de carreras y la toma de decisiones, técnicas en la búsqueda de empleo y conducta social positiva. (Página (6) seis del Anejo B: “Definitions of Key Terms” del TEGL 17-05 del 17 de febrero de 2006)).
- Los criterios de elegibilidad para los jóvenes, son los mismos que los criterios de elegibilidad del Programa de Jóvenes WIA, con la excepción de la edad máxima permitida.
- Se le requiere a las Áreas Locales atender prioritariamente a los participantes de 18 a 24 años que sean veteranos y sus cónyuges elegibles.
- Las Áreas Locales deberán asegurar un gasto mínimo del 30% de los fondos para los jóvenes fuera de la escuela.
- Las Áreas Locales podrán proveer estipendios para los jóvenes que asistan al componente del salón de clases, si es requerido como parte de la actividad del empleo de verano.
- No se podrán considerar los siguientes lugares para ser utilizados en las actividades programáticas: casinos o cualquier establecimiento donde se lleven a cabo apuestas, acuarios, zoológicos, campos de golf o piscinas, por aspectos de seguridad.
- Empleos de Verano
- El periodo de verano se extenderá desde el 1ro. de mayo al 30 de septiembre de 2009.
- Durante este periodo se podrá ofrecer cualquier combinación de servicios disponibles dentro del Programa de Jóvenes con arreglo a WIA, siempre y cuando incluya una experiencia de trabajo.
- No se requerirá la disponibilidad de los diez (10) elementos para los jóvenes.
- La Evaluación Objetiva y la Estrategia Individual de Servicios (Individual Service Strategy, ISS)
Evaluación Objetiva
- Este es un proceso sistemático de recoger información objetiva con el propósito de tomar decisiones. Es más amplio y comprensivo que la medición o las pruebas. El propósito es que el joven tome decisiones sobre su futuro ocupacional y académico.
- Es un proceso sistemático encaminado a identificar, capacidades, preferencias, destrezas, necesidades de apoyo, potencial vocacional, entre otros.
- Se recomienda que el Formulario de Evaluación Objetiva debe contener:
- Nombre del participante
- Historial del participante (Situación familiar, Ingreso del hogar, Condición de salud, entre otros)
- Historial educativo y de adiestramiento
- Historial de trabajo
- Barreras o limitaciones para el empleo
- Análisis del problema ocupacional
- Justificación selección vocacional
- Firma del participante
- Firma del Manejador de Casos y/o Consejero
- Fecha
Estrategia Individual de Servicios (ISS)
- Es un instrumento esencial para que el joven desarrolle metas de carreras apropiadas para su edad.
- Se desarrolla luego de la Evaluación Objetiva.
- Su propósito esencial es desarrollar las capacidades de la persona y llevarla a la obtención y retención de un empleo.
- Es importante reconocer que cada joven tiene necesidades particulares y las Áreas Locales deben encaminar sus esfuerzos para proveer actividades que subsanen dichas necesidades.
- Importante que el Manejador de Casos sea un facilitador que logre empatía y el apoderamiento del cliente.
- Incluye servicios y actividades que faciliten obtener destrezas académicas y de empleo.
- El Formulario ISS Debe contener
- Nombre el participante
- Metas ocupacionales /Planificación de Carreras
- Actividades o servicios recomendados para lograr la meta
- Servicios de Sostén
- Certificación de participación en el desarrollo del ISS
- Firma participante y Manejador de Casos / Consejero
Instrumentos de evaluación recomendados
- Auto Informes – la persona provee la información mediante el uso de entrevistas, formularios o cuestionarios.
- Observación de conducta – proceso sistemático de observar la conducta de la persona mientras realiza algunas tareas.
- Flexibilidad de Servicios para Jóvenes
- Las Áreas Locales tienen la flexibilidad para determinar si los Servicios de Seguimiento son necesarios posterior a la participación y salida de empleo de verano (1ro de mayo al 30 de septiembre). Deberán tomar en consideración cada caso en particular.
- Flexibilidad para determinar el tipo de Avaluación y la Estrategia Individual de Servicios.
- Flexibilidad para determinar si el aprendizaje académico deberá estar conectado al empleo de verano para cada joven servido.
- Para efectos de informes, se le requerirá a las Áreas Locales contabilizar el número de participantes registrados en los empleos de verano y la tasa de retención de los participantes en la actividad (número de participantes que completaron la experiencia de trabajo/el número de participantes registrados en los empleos de verano * 100).
- Las Áreas Locales determinan el tipo de avalúo (assessment). Este, debe ser apropiado para identificar las necesidades de cada individuo.
- No se requerirá la administración de pruebas para evaluar destrezas básicas a los jóvenes fuera de la escuela ya que la medida común Ganancias en Destrezas Numéricas y Literacia no aplicará a los jóvenes que participen exclusivamente en empleo de verano.
- Todo joven servido con fondos ARRA será incluido en un informe por separado (Youth Recovery Act Report). ETA emitirá un TEGL relacionado.
- Cualquier joven que sea servido con fondos de la Ley ARRA y que participe solamente en los empleos de verano, será incluido únicamente en informe “Youth Recovery Act” y la medida de preparado o listo para el trabajo será la única que aplicará a estos jóvenes.
- Si un joven servido con fondos ARRA no participa en empleo de verano o es servido después de los meses de verano, se incluirá en los informes regulares de WIA (WIASRD, informe anual, informes trimestrales) y estará sujeto a la totalidad de tasas de ejecución existentes para los jóvenes en WIA (se solicitará la dispensa para aquellos niveles estatales que deseen utilizar el indicador “work readiness” como único indicador para los jóvenes de 18 a 24 años que participen en actividades de empleo después de los meses de verano).
- Desde el 24 de julio de 2008 el salario mínimo es $6.55 por hora. A partir del 24 de julio de 2009 será $7.25. Se recomienda que se pague la experiencia de trabajo con el salario mínimo de $7.25, desde el inicio del programa de verano, para evitar confusión en el proceso de planificación y en la radicación de los informes requeridos.
- El recipiendario de fondos/agente fiscal tiene la opción de correr las actividades de empleo por su cuenta. De lo contrario, la adquisición de servicios será a través de método competitivo. De ser necesario, pueden realizarse adquisiciones utilizando los métodos de emergencia existentes en leyes estatales o locales.
- El nivel estatal puede solicitar una dispensa para no estar obligado al proceso competitivo requerido por la Sección 123 de WIA. En PR, tenemos vigente la dispensa hasta el 30 de junio de 2009, y se le está solicitando al Departamento de Trabajo Federal, la renovación de la misma.
- Las actividades de empleo de verano deben diseñarse tomando en consideración las edades de los grupos que se van a servir, entendiendo que los servicios para un joven de 24 años no podrían ser apropiados para un joven menor.
- Los niveles estatales y áreas locales deben establecer una metodología para medir el incremento de las destrezas de los jóvenes y determinar que están listos para el empleo al completarse la actividad de empleo de verano.
- Las actividades de empleo deben estar a tono con los rigores y demandas de un trabajo real. Los niveles estatales y áreas locales deben asegurar que los patronos estén comprometidos a ayudar a los participantes con el adiestramiento y experiencia necesaria para alcanzar la meta de preparación para el empleo.
- Las actividades de empleo de verano no podrán afectar acuerdos colectivos entre patronos y uniones ni otros arreglos contractuales. Está prohibido utilizar estas actividades para reemplazar a trabajadores cesanteados.
- Se fomenta que se le brinde prioridad a jóvenes fuera de la escuela que estén entre las edades de 16 a 24 años, tomando en cuenta su falta de educación y experiencia en el mundo del trabajo. Se promueve el uso de estrategias para lograr la transición de estos jóvenes al mundo del trabajo, así como la participación concurrente de jóvenes entre las edades de 22-24 en el Programa de Adultos.
Programa de Adultos y Trabajadores Desplazados
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Programa de Adultos
- Los Centros de Gestión Única deben maximizar los fondos adicionales que recibirán a través de ARRA y el aumento en los fondos PELL. Por tal razón, se hace énfasis en la provisión de servicios de adiestramiento para personas sin destrezas o que necesitan readiestrarse. A su vez se fomenta la utilización máxima de los servicios de sostén y de los pagos basados en necesidad (NRP).
- La prioridad de los fondos ARRA será para servir a los económicamente desaventajados y beneficiarios de asistencia pública.
- Se fomenta que los niveles estatales desarrollen planes y estrategias para servir a trabajadores afectados por la condición actual de la economía.
- Debe haber coordinación estrecha con los programas de Wagner-Peyser, TAA, Servicios de Reempleo, los beneficios del desempleo y los Programas de los Socios Mandatorios de los Centros de Gestión Única. También se fomenta el enlace con programas de aprendizaje en el ámbito nacional, estatal o local.
- Se fomenta el enlace con planes de recuperación económica en el ámbito estatal o regional.
- Deben incorporarse los requisitos de prioridad a los veteranos y conyugues elegibles del Jobs for Veterans Act.
Trabajadores Desplazados
- Conforme a la Sección 133 (a) de WIA, los fondos estarán sujetos al 25% de la reserva del Gobernador para respuesta rápida y la reserva de 15% para actividades estatales.
- El objetivo de los fondos es asegurar que el trabajador desplazado regrese al mercado de empleo. Para ese propósito, la consejería ocupacional debe ser integrada en las estrategias de servicios para su ubicación en adiestramientos exitosos y búsqueda de empleo que los coloque en industrias en crecimiento.
- Los requisitos de elegibilidad son los mismos de la sección 101 (9) de WIA. Las áreas locales deben asegurar que se exploren todas las opciones de elegibilidad existentes para asegurar que un número máximo de trabajadores cualifique para participar en el Programa.
- Las estrategias de servicios deben proveer para que el trabajador adapte sus destrezas y metas de empleo a una economía cambiante.
- Al igual que los adultos, se utilizarán al máximo los servicios de sostén, pagos basados en necesidad y fondos PELL para asegurar la participación en actividades de adiestramiento.
- Se fomenta la coordinación de servicios con otras fuentes de fondos: Wagner-Peyser, Reemployment Services, TAA, beneficios del desempleo, los programas administrados por los socios mandatorios y programas de aprendizaje.
Actividades de Adiestramiento para Adultos y Trabajadores Desplazados
- Proveer adiestramientos es el enfoque principal para los participantes adultos y trabajadores desplazados. Entre los adiestramientos que se pueden desarrollar están:
- Cuentas individuales de adiestramiento (ITA)
- Adiestramiento a la medida
- Adiestramiento en el empleo (OJT)
- Aprendizajes registrados que combinan la educación con experiencias de trabajo
- Desarrollo de Destrezas Ocupacionales – En esta actividad ARRA permite a las Juntas Locales otorgar contratos a instituciones de educación superior, tales como “community colleges” y otros proveedores de adiestramiento, si la Junta Local entiende que facilitaría el adiestramiento de grupos de individuos en ocupaciones que tienen gran demanda. No obstante, la Junta Local deberá vigilar que estos contratos, no limitan el derecho del participante a seleccionar su proveedor de servicio, o sea el concepto de “customer choice”.
- Se fomenta que se utilicen las organizaciones de base comunitarias y de fe, que tengan resultados favorables en la prestación de servicios de adiestramiento.
- Secuencia de Servicios – La prestación de los servicios de adiestramientos u otros servicios necesarios, pueden ser provistos de forma secuencial, concurrente o en el orden que tenga más sentido a la meta del cliente.